¿Cómo se paga una obra en la comunidad de vecinos?

No lo vamos a negar: esta es una de las cosas que menos nos gusta de hacer una obra en casa. Y si hablamos de la obra de una comunidad, menos todavía. Hay que calcular cuánto paga cada vecino, asegurarse de que todos lo hagan, aguantar las quejas…. Vamos a intentar explicar paso a paso cómo se afrontan los pagos en una obra de la comunidad de vecinos.

Primero: ¿Cuándo pagar?

Primero hay que distinguir los momentos en los que la comunidad tiene que afrontar algún pago. Lo normal es que sean tres momentos diferentes:

Al inicio de la obra se paga un adelanto del coste total presupuestado. Ese porcentaje puede oscilar entre un 10% y un 20%.
Posteriormente se realizar un número determinado de pagos fraccionados. Estos pagos coinciden con las certificaciones que realiza el arquitecto. En ellas certifica que los trabajos se han hecho conforme al proyecto. Normalmente estas certificaciones son de carácter mensual.
Finalmente se hace la liquidación de los pagos en los que se abona el montante pendiente hasta cubrir el 100% del presupuesto. Aquí se afrontan también aquellas desviaciones que haya podido sufrir el presupuesto inicial de la obra tal y como explicado en este otro post (¿Están justificados los sobrecostes en una obra de reforma?)

Segundo: ¿Cuánto pagar?

En segundo lugar, los vecinos de la comunidad deberán tener un plan para afrontar de manera conjunta ese desembolso. Para ello existen tres vías principales:

Tirar de caja: Vamos, utilizar el dinero que la comunidad haya ido ahorrando al cabo de los años fruto de la cuota que aporta cada vecino.
Con derramas: Son aportaciones extras que hace cada vecino en función de su coeficiente de participación. Este coeficiente está fijado en los estatutos de la comunidad y depende principalmente de la cantidad de metros cuadrados que posee cada propietario teniendo en cuenta la superficie del piso, camarotes, bodegas, etc…. No obstante puedes profundizar sobre este concepto aquí (Comunidad de vecinos ¿cuales son las normas ).

Finalmente, también existe la posibilidad de recurrir a la financiación externa, si bien esta posibilidad parece más remota. Algunas entidades bancarias han comenzado a considerar a las comunidades de vecinos “sujetos financiables”. Pero la realidad es que dentro de una comunidad se dan casos muy diferentes (niveles de renta, de endeudamiento, ahorros….) por lo que en principio es una opción más complicada.

Si estás en trámites de iniciar una obra en tu comunidad, seguramente estos puntos te han ayudado a aclararte sobre cómo hay que afrontar su financiación, pero seguro que también te has preguntado ¿qué pasa si un vecino no paga su parte? En este caso se da una doble casuística: de un lado ese vecino incurre en impago a la comunidad; de otro, la comunidad hacia la empresa contratista. A partir de ahí pueden darse dos circunstancias:

Que la empresa actué judicialmente contra la comunidad, pudiendo llegar incluso a embargar sus cuentas.
Que la comunidad haga lo propio en contra del vecino, pudiendo solicitar el embargo de sus bienes.

Pero que no cunda el pánico. Desde nuestra experiencia, podemos asegurarte que estos casos son realmente contados y que con buena voluntad de todas las partes se puede llegar a acuerdos para que la obra llegue a buen puerto.

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